Desde mañana IVU reducido en alimentos preparados sólo en comercios autorizados por Hacienda

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Desde mañana, unos 5,864 establecimientos comenzarán a cobrar un Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) reducido en alimentos preparados, tras haber sido certificados por el Departamento de Hacienda, asi lo informó en conferencia de prensa, el Presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, Antonio “Tony” Soto.

“No importa que sea un restaurante fino, un food truck o un deli en una panadería, los consumidores ya pueden disfrutar esa reducción”, afirmó Soto, quien sostuvo que la reducción no aplica a bebidas alcohólicas.

Por su parte, el secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, indicó que muchos comerciantes recibieron automáticamente el certificado, si al 24 de septiembre estaban al día con los cuatro requisitos de elegibilidad para recibir el mismo.

Los cuatro requisitos de elegibilidad son: primero, tener un Registro de Comerciante vigente con al menos uno de los códigos NAICS cualificados (NAICS: 72231, 72232, 72233, 72241, 72251). Los comercios que vendan alimentos preparados, pero no tengan uno de los NAICS mencionados, deberán actualizarlo; segundo, estar al día en la radicación de planillas y/o declaraciones del IVU; tercero, no tener deudas contributivas de ningún concepto o tener un plan de pagos al día y cuarto, disponer de un terminal fiscal debidamente conectado con un procesador certificado por el Departamento de Hacienda.

Los que no tengan un terminal fiscal, pueden comunicarse  con cualquiera de los trece (13) procesadores certificados por el Departamento, identificados en la Determinación Administrativa 19-03 (http://www.hacienda.pr.gov/publicaciones/determinacion-administrativa-num-19-03).

La tasa reducida de 7% de IVU solo aplica a la venta de alimentos preparados, bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de 2011, según enmendado.