MEDIDA BUSCA PROHIBIR ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL EN EL MERCADO DE PUERTO RICO

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EL CAPITOLIO – La Comisión de lo Jurídico inició el proceso de vistas públicas sobre el Proyecto de la Cámara (PC) 1372 que prohíbe actos de competencia desleal en el mercado en Puerto Rico.

 

El proyecto de la autoría del representante José Meléndez Ortiz y el presidente cameral, Rafael ‘’Tatito’’ Hernández Montañez crearía la Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico.

 

‘’Esta medida servirá para el desarrollo y crecimiento de diferentes empresas que, mientras no se regule este tipo de leyes adecuadamente se exponen a la competencia desleal y al detrimento del desarrollo económico en diferentes regiones y áreas de producción. Este proyecto es muy importante para el distrito que representamos y todo Puerto Rico’’, expresó el presidente de la Comisión, Orlando Aponte Rosario.

 

A la audiencia pública asistió el Dr. Fernando Echegaray Daleccio quien realizó una tesis doctoral titulada ‘’Nuevo Régimen Jurídico en Materia de Competencia Desleal para Puerto Rico: Estudio Comparado entre los Derechos Español, Estadounidense y Puertorriqueño’’. El Departamento de Justicia (DJ) fue citado, pero no compareció ni envió un memorial explicativo.

 

Durante la vista, Echegaray Daleccio enfatizó que la persona o personas perjudicadas por actos de esta índole tendrán derecho a presentar sus querellas al amparo de la Ley Antimonopolística, o presentar una reclamación judicial al amparo de la Ley de Competencia Desleal.

 

Asimismo, según la exposición de motivos, en Puerto Rico no existe una ley que regule de manera general y prohíba actos específicos de competencia desleal que se realicen en el comercio como existen en los estados de los Estados Unidos, en España, la comunidad Europea y en otros países.

Actualmente, en Puerto Rico no se permite a las personas perjudicadas por prácticas de competencia desleal, presentar ante los tribunales peticiones de órdenes de cese y desista (injunction), ni acciones privadas para el resarcimiento de los daños y perjuicios sufridos por estas prácticas comerciales desleales. Esto, contrario al estado de derecho vigente en las jurisdicciones estatales de los Estados Unidos, España y la Unión Europea que sí permiten presentar demandas en los foros judiciales a las personas naturales o jurídicas lesionadas por estos actos comerciales ilícitos.

 

Sin embargo, el PC 1372 brindaría una alternativa de reclamación ante los tribunales para los participantes del mercado afectados por estos actos.

 

La medida reconoce como actos desleales aquellos que conlleven engaño, confusión, omisiones engañosas, prácticas agresivas, denigración, ciertas comparaciones, explotación de la reputación ajena, violación de secretos, violación de normas, discriminación, dependencia económica y algunas ventas por debajo del costo.

 

Finalmente, Echegaray Daleccio destacó que ‘’esta falta de regulación adecuada deteriora el comercio y la economía de Puerto Rico, perjudicando los intereses generales de todos los participantes del mercado de esta isla’’.

 

‘’Concurro que se debe promulgar este proyecto que regulará de forma eficaz los actos ilícitos que surgen en el mercado, concediendo a los consumidores y a las empresas el derecho de presentar acciones privadas en los tribunales contra estos actos ilegales para el recobro de las pérdidas causadas por estas acciones ilícitas en el territorio de Puerto Rico’’, puntualizó.