SENADO DA PASO A ENMIENDAS SOBRE ACOMPAÑAMIENTO DURANTE EMERGENCIAS OBSTÉTRICAS

El Senado aprobó de forma unánime el Proyecto del Senado 692, de la autoría del senador por el Distrito de Arecibo, Héctor “Gaby” González López, para enmendar la Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Posparto, a fin de extender el derecho de toda mujer gestante a estar acompañada por una persona de su elección desde el momento en que acude a una institución hospitalaria para una emergencia o evaluación médica, aun cuando no haya iniciado formalmente el trabajo de parto.

La legislación vigente, la Ley 156-2006, reconoce este derecho únicamente una vez comienza el trabajo de parto, lo que excluye las etapas previas de evaluación u observación. El Proyecto del Senado 692 amplía ese alcance al incluir las salas de emergencia, unidades de triage y salas gineco-obstétricas.

Al destacar la medida, el senador González López indicó que la intención es garantizar un trato digno a las mujeres gestantes en situaciones de emergencia. “Con la aprobación de esta medida, estamos garantizando que ninguna mujer tenga que enfrentar el miedo y la ansiedad de una complicación obstétrica sola. Buscamos promover un entorno de salud empático y respetuoso, reconociendo que el apoyo emocional es vital tanto para la madre como para la salud del feto desde el primer minuto que pisan un hospital por una situación de emergencia”, expresó el legislador.

Según explicó, bajo el marco legal actual, una mujer embarazada que acude a una sala de emergencias para evaluación puede permanecer sin acompañante durante horas mientras se determina su condición, al no haberse iniciado el trabajo de parto. Con la aprobación del P. del S. 692, ese acompañamiento estaría garantizado durante todo el proceso de evaluación y, de ser necesario, durante la hospitalización o el parto, sin interrupciones.

La medida recibió el aval del Departamento de Salud, la Administración de Servicios Médicos (ASEM), la Oficina del Procurador del Paciente, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), la Asociación de Hospitales y la Asociación Médica de Puerto Rico. Además, ordena al Departamento de Salud establecer, en un término de 120 días, un protocolo uniforme para la implantación de este derecho en todas las instituciones hospitalarias, públicas y privadas.e