CASO DE LUMA REGRESA A TRIBUNALES LOCALES

SAN JUAN – El Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico decidió abstenerse de intervenir en la demanda que LUMA Energy presentó contra la Autoridad de Energía Eléctrica (PREPA) y la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (P3A) por presuntos incumplimientos contractuales, y desestimó el caso sin perjuicio. La jueza Laura Taylor Swain determinó que, aunque el tribunal tiene jurisdicción “relacionada” bajo la ley PROMESA, la controversia se reduce a la interpretación de un contrato bajo la ley local y no impacta directamente la reestructuración de la deuda de PREPA, por lo que corresponde resolverla en los tribunales de Puerto Rico; también negó como académica la solicitud de remedio provisional de LUMA y ordenó el cierre del expediente.

El conflicto tiene su origen en julio de 2025, cuando la P3A, como administradora del contrato de operación y mantenimiento del sistema de transmisión y distribución eléctrico notificó formalmente a LUMA seis alegados incumplimientos, que incluyeron deficiencias en el manejo de fondos federales, problemas de liquidez y fallas operacionales tras el apagón del 16 de abril de 2025. P3A clasificó estas quejas como “disputas técnicas”, activando un mecanismo de resolución con un experto independiente, mientras que LUMA sostuvo que eran “disputas no técnicas” sujetas a mediación y, de persistir el desacuerdo, a litigio en el Tribunal de Primera Instancia. La jueza Swain destacó que “el propio contrato establece que las disputas no técnicas y los remedios provisionales deben presentarse en los tribunales locales”, por lo que la controversia regresará al foro local, según el contrato.