La Comisión de Salud del Senado celebró una vista pública para evaluar el Proyecto del Senado 1235, que propone crear la “Ley para la Regulación Integral de la Terapia Intravenosa Nutricional (Sueroterapia) en Puerto Rico”.
La audiencia fue presidida por el senador Juan Oscar Morales Rodríguez y contó con la participación del Departamento de Salud, la Asociación de Doctores en Medicina Naturopática de Puerto Rico (ADMNPR), The B-12 Store Puerto Rico y la licenciada Amelia Díaz Ramos.
Durante la vista, los deponentes presentaron distintas posiciones sobre el alcance técnico, legal y operacional de la medida.
“La prioridad de esta Comisión de Salud es garantizar que cualquier procedimiento de naturaleza invasiva se ofrezca bajo los más altos estándares de seguridad clínica y profesional. Esta medida no persigue cerrar establecimientos ni limitar el ejercicio de las profesiones, sino establecer un marco jurídico claro que proteja la salud de la ciudadanía, uniforme las exigencias de competencia y evite prácticas que pongan en riesgo la vida de los pacientes”, afirmó Morales Rodríguez.
La Asociación de Doctores en Medicina Naturopática expresó su respaldo al P. del S. 1235. Según la organización, la sueroterapia nutricional requiere conocimientos especializados en áreas como bioquímica, farmacología de nutrientes y osmolaridad.
La ADMNPR sostuvo además que la formación doctoral de los doctores en Medicina Naturopática en Puerto Rico, junto con los requisitos de acreditación y reválida que mencionó en su ponencia, cumple con las competencias clínicas contempladas en la propuesta legislativa.
Por su parte, The B-12 Store Puerto Rico favoreció establecer una reglamentación uniforme para estos servicios, aunque recomendó enmiendas al proyecto.
Entre sus propuestas figuran incorporar de forma expresa determinados estándares de la United States Pharmacopeia (USP), aclarar las categorías de licencias de botiquín aplicables a centros de infusión, delimitar las restricciones para operar en áreas comunes de centros comerciales e incluir una disposición transitoria para establecimientos que ya ofrecen estos servicios.
La licenciada Amelia Díaz Ramos respaldó el propósito general de la medida, pero no favoreció su aprobación en la versión evaluada. Según su ponencia, el proyecto aborda simultáneamente la regulación de la terapia intravenosa nutricional y asuntos relacionados con el alcance de práctica de los doctores en Medicina Naturopática.
Díaz Ramos recomendó separar ambos asuntos en el trámite legislativo.
El Departamento de Salud, por su parte, no endosó el proyecto. La agencia sostuvo que la legislación y reglamentación vigentes ya conceden facultades para fiscalizar establecimientos que administran productos biológicos y sueros.
En su ponencia, Salud hizo referencia a la Ley de Farmacia de Puerto Rico y al Reglamento 156 del secretario de Salud. También planteó preocupaciones sobre la preparación de mezclas estériles fuera de farmacias autorizadas y sobre el costo de establecer nuevas estructuras de inspección.
“Agradezco a todos los deponentes por traer sus valiosos análisis a la mesa de discusión. Acogemos las observaciones del Departamento de Salud para no crear duplicidad de procesos, así como las recomendaciones de la ADMNPR y de B-12 Store sobre la precisión de los estándares USP y las cláusulas de transición. Evaluaremos detalladamente cada ponencia para determinar si las enmiendas trabajadas se incorporan al P. del S. 1235 o si fortalecemos la legislación actual, garantizando que el producto final responda al único objetivo de proteger la salud y la seguridad del pueblo de Puerto Rico”, concluyó Morales Rodríguez.