(San Juan, P.R.) – La Cámara de Representantes aprobó de forma unánime el proyecto 2422 del representante por el Distrito 18, José “Ché” Pérez Cordero que estipula la autorización de actividades turísticas y recreativas de bajo impacto compatibles con la conservación en la Reserva Natural La Boquilla.
Esta Ley se conocerá como Ley de Promoción Turística y Recreativa de la Reserva Natural de la Laguna y Bosque La Boquilla.
“De acuerdo con la Constitución de Puerto Rico, se establece como política pública la más eficaz conservación de los recursos naturales, así como el mayor desarrollo y aprovechamiento de los mismos para el beneficio general de la comunidad. Es nuestro mayor interés velar por el fiel cumplimiento de dicho estatuto, además de fomentar el turismo ecológico y a su vez la actividad económica que tanto se necesita en la zona”, manifestó el representante.
El Estuario o Caño Boquilla de Mayagüez, incluye 193 cuerdas de terreno de dominio público y se extiende desde Punta Algarrobo en el municipio de Mayagüez, hasta el Caño La Puente en el municipio de Añasco. Esta reserva natural consiste de un ecosistema estuarino principalmente acuático compuesto de un canal central principal con gran profundidad.
Se distingue por su valor ecológico significativo para especies en peligro de extinción, como el tinglar y el carey de concha entre otros. También, en esta reserva habitan mamíferos marinos que se nutren del litoral playero como lo son los delfines.
El representante Pérez Cordero expresó que “el Caño La Boquilla se identificó como un destino con muchas posibilidades de desarrollo, abierto a actividades como investigación científica, observación, fotografía de vida silvestre, navegación en kayak y caminatas todas estas actividades posibles si se realizan de forma ordenada y con la precaución debida. Con esta ley fomentamos la actividad económica que tan necesaria es en estos momentos”.
El proyecto designaría al secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para establecer acuerdos con aquellas entidades gubernamentales y/o organizaciones sin fines de lucro bonafide comprometidas con la conservación y desarrollo de la reserva natural, para establecer un manejo y custodia conjunta de la misma. A su vez, serán responsables de aprobar el reglamento y hacer cumplir la ley la cual entrará en vigor inmediatamente luego de su aprobación