NTSP certifica primera empresa de red de transporte para servicios de “scooters” eléctricos

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(San Juan, P.R.) – El presidente del Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos (NTSP), Luis D. García Fraga, informó la autorización de la primera Empresa de Red de Transporte (ERT) de la isla que trabajará mediante plan de pago por viaje solicitada a través de la plataforma digital www.renovacionesonline.com. En este caso se trata de la primera ERT para prestar servicios de “scooters” eléctricos.

 

Skootel es una compañía de Puerto Rico fundada en el 2019. Skootel marcó historia en Puerto Rico y el Caribe al traer el concepto de la primera flota de “scooters” eléctricos.

 

“Estamos muy entusiasmados con la autorización de esta empresa emergente. Las ERT tienen un buen potencial de continuar desarrollándose en Puerto Rico y la empresa Skootel sienta la base para motivar a futuros empresarios a hacer lo propio. No solamente son ERT los vehículos de transporte de pasajeros, sino que la Ley permite la innovación de otros servicios que puedan ser objeto de ser ofrecidos utilizando las Aplicaciones Móviles como es el caso de las “scooters””, sostuvo el presidente del NTSP.

 

García Fraga destacó además que “gracias a la gran transformación administrativa que hemos logrado y a tono con la política pública de la gobernadora Wanda Vázquez Garced de ser un gobierno facilitador, la empresa Skootel solicitó a través de nuestra nueva plataforma de www.renovacionesonline.com el Permiso de ERT, y, en menos de dos días laborales, le pudimos aprobar la misma, siendo algo histórico para lo que era la Comisión de Servicio Público”.

 

Una ERT es una Persona Natural o Jurídica operando en Puerto Rico, que ofrece servicio de transporte de pasajeros y/o carga mediante paga, utilizando como medio para coordinar el servicio la red y/o aplicaciones móviles y/o cualquier otro dispositivo tecnológico.

 

Mientras que una Aplicación Móvil es un programa tecnológico disponible para teléfonos inteligentes, tabletas móviles y otros dispositivos electrónicos, que permite conectar la oferta y la demanda de bienes y servicios prestados por personas naturales o jurídicas registradas en las aplicaciones, con comercios y/o usuarios a través del programa. Será considerado aplicación móvil también todo programa tecnológico disponible para teléfonos inteligentes, tabletas móviles y otros dispositivos electrónicos que sea utilizado para geolocalización, navegación u otros usos afines.

 

Las ERT que se acojan a un Plan de Pago deberán cumplir con un cargo de $0.10 por viaje que se lleve a cabo hasta llegar a la suma de $5,000 por el año autorizado. Dicho cargo no se cobrará ni a sus conductores ni a sus consumidores. De no llegar a los $5,000 por no haber realizado sobre 50,000 viajes en el año, se eximen del resto del pago, comenzando nuevamente en cero para el próximo año autorizado.

 

De igual forma, la ERT tampoco podrá cobrar cargos o cuantías en exceso del costo total del servicio. Por otro lado, al usuario se le podrán generar cargos por daños que cause al vehículo, así como por multas de tránsito imputables a su conducta.